Yirmiyahu Yovel
El 27 de julio de 1656, una sentencia de excomunión dictada contra un judío de 24 años de la comunidad portuguesa de Ámsterdam se inscribió en el libro de registros:
Los Caballeros de la Mahamad – el Consejo Rector – le hacen saber que, conociendo desde hace cierto tiempo las malignas opiniones y obras de Baruch de Espinoza, se han esforzado por varios medios y promesas en apartarlo de sus malas costumbres y no siendo capaces de remediarlo, sino al contrario, recibiendo cada día mas noticias sobre las horribles herejías que practica y enseña, y las abominables acciones que cometió, y teniendo de esto muchos testimonios fiables, todos dados en prueba del dicho Espinoza, que los concibió; y habiendo examinado todo esto en presencia de los Caballeros Hahamim –rabinos–, resolvieron con el consentimiento de ellos que el dicho Espinoza sea sometido al herem –proscripción- y proscrito de la nación de Israel, como en verdad proclama el siguiente herem:
“Por decreto de los Ángeles y palabra de los Santos proscribimos, separamos, maldecimos y anatematizamos a Baruch de Espinoza… con todas las maldiciones escritas en la Torá: Maldito sea de día y maldito sea de noche, maldito en su reposo y maldito en su vigilia, maldito en su acercarse y maldito en su entrar; y no quisiera el Señor perdonarlo, y ardan en él la ira y el celo del Señor… y los que fuisteis fieles a vuestro Señor hoy estáis vivos.”
Prevenimos que nadie puede tener contacto oral o escrito con él, ni hacerle favor, ni estar con él bajo el mismo techo, ni leer papel que haya hecho o escrito.